¿Qué es el libertarismo? (parte II)

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[Este ensayo está adaptado de una contribución para  Property, Freedom, and Society]

Los libertarios aplican un razonamiento similar en el caso de otros recursos escasos -objetos externos en el mundo que, a diferencia del cuerpo, se encuentran en un momento dado sin dueño. En el caso del cuerpo, la idea de no aceptar la agresión implica inmediatamente la auto-propiedad. En el caso de los objetos externos, sin embargo, hay que identificar quién es el dueño antes de que podamos determinar lo que constituye agresión.

Como en el caso del cuerpo, los seres humanos necesitan utilizar objetos externos como medios para alcanzar fines diversos. Debido a que estas cosas son escasas, existe también la posibilidad de conflicto. Y, como en el caso del cuerpo, los libertarios estamos a favor de la asignación de derechos de propiedad a fin de permitir el uso productivo y pacífico, sin conflictos, de dichos recursos. Por lo tanto, como en el caso del cuerpo, la propiedad se le asigna a la persona más apropiada a un determinado recurso escaso -basándose “más apropiada” con el objetivo de permitir interacciones humanas pacíficas, sin conflictos, sobre el uso de recursos.

Sin embargo, diferencia del cuerpo humano, los objetos externos no son partes de nuestra propia identidad, no son controlados directamente por nuestra propia voluntad, y -significativamente-inicialmente no tienen dueño. En este caso, el libertario se da cuenta de que el vínculo objetivo relevante es la apropiación -la transformación de un previo recurso sin dueño, como decía Locke, el primero a usar o poseer dicho recurso. Según este enfoque, el primer usuario de una recurso sin dueño tiene un mayor derecho prima facie que un segundo reclamante, por el mero hecho de ser anterior.

¿Por qué es la apropiación el enlace relevante para determinar la propiedad? En primer lugar, tener en cuenta que la pregunta con respecto a esos recursos escasos es: ¿quién es el dueño del recurso? Recordemos que propiedad es el derecho de controlar, usar o poseer, mientras que la posesión es el control real -“la autoridad que una persona ejerce sobre una cosa corporal”. La cuestión no es quién tiene posesión física, sino que es quién tiene propiedad.

Por lo tanto, prguntarnos quién es el dueño de los recursos presupone una distinción entre propiedad y posesión -entre el derecho a controlar, y el control real. Y la respuesta tiene que tener en cuenta la naturaleza de los recursos sin dueño -recursos que tienen que ser adueñados, en algún momento, por un primer propietario.

La respuesta también debe tener en cuenta los objetivos presupuestos de los que buscan esta respuesta: las reglas que permiten evitar conflictos sobre el uso de recursos. Por esta razón, la respuesta no puede ser que cualquiera que tenga el recurso o cualquiera que pueda obtenerlo es su propietario. Para sostener este punto de vista se tiene que adoptar un sistema de poder-derecho, donde la propiedad se derrumba en la posesión a falta de una distinción. Este sistema, lejos de evitar conflictos, hace inevitable el conflicto.

En lugar de un enfoque de poder-derecho, desde los puntos de vista de arriba se ha indicado que la propiedad presupone la distinción antes-después: cualquier sistema dado presupone que el propietario de un recurso tiene más derecho que los recién llegados. Si no lo hace, entonces no es propietario, sino que sólo es el usuario actual o poseedor. Si se supone que es propietario en el principio de poder-derecho, en que no hay tal cosa como propiedad, está en contradicción con los presupuestos de la propia investigación. Si el primer dueño no tiene más derecho que los recién llegados, entonces no es un propietario, sino simplemente un poseedor, y no hay tal cosa como la propiedad.

De manera más general, los demandantes que llegan después son inferiores a los primeros, quienes o bien poseen el recurso o quienes pueden devolver la propiedad de dicho recurso al primer propietario. La distinción antes-después a la teoría libertaria es de vital importancia, por eso el profesor Hoppe, en repetidas ocasiones, hace hincapié en sus escritos.

Por lo tanto, la posición libertaria sobre los derechos de propiedad es que, con el fin de evitar conflictos, el uso productivo de los recursos escasos, los derechos de propiedad sobre determinados recursos se asignan a propietarios particulares. Como se señaló anteriormente, sin embargo, la asignación de títulos no debe ser aleatoria, arbitraria, o particular; en su lugar, tienen que ser asignados sobre la base de “la existencia de un objetivo, con un enlace intersubjetivamente comprobable entre el propietario” y el recurso reclamado. Como se puede ver en las consideraciones expuestas más arriba, el enlace es la transformación física del usuario original, o una cadena de trazabilidad sobre título de propiedad para devolvérselo a él.

Consistencia y Principio

No sólo los libertarios son civilizados. La mayoría de gente está de acuerdo en algunas de las consideraciones anteriores. Según ellos, una persona es dueña de su propio cuerpo -por lo general. Un colono posee el recurso del cual se apropia -a menos que el Estado se lo quite “por ley”. Esta es la distinción principal entre los libertarios y los no-libertarios: Los libertarios se oponen sistemáticamente a la agresión, definida en términos de invasión de las fronteras de propiedad, donde los derechos de propiedad se entiende que se asignan sobre la base de auto-propiedad en el caso del cuerpo. Y en el caso de otras cosas, los derechos se entienden sobre la base de posesión previa o colonización y transferencia contractual de títulos.

Este marco de derechos está motivado por los principios de valoración libertarios de la interacción pacífica y cooperación -en definitiva, de la conducta civilizada. Puede relacionarse como un paralelismo de la acción humana de Mises. De acuerdo con Mises, la acción humana está dirigida a aliviar ciertosentimiento de inquietud. Por lo tanto, los medios son empleados, de acuerdo a la comprensión del actor sobre leyes causales, para lograr diversos fines -en última instancia, para eliminar la inquietud.

El hombre civilizado se siente incómodo ante la perspectiva de luchar con otros. Por un lado, él quiere, por alguna razón práctica, controlar un recurso dado escaso y utilizar la violencia contra otra persona, si es necesario, para lograr este control. Por otro lado, también se quiere evitar un mal uso de la fuerza. El hombre civilizado, por alguna razón, siente repugnancia, inquietud, ante la perspectiva de la interacción violenta con sus semejantes. Tal vez tiene reticencia a enfrentarse violentamente con otros a través de ciertos objetos porque tiene empatía con ellos. Tal vez el instinto de cooperación es el resultado de la evolución social. Como ya dijo Mises,

Hay personas cuyo único objetivo es mejorar la condición de su propio ego. Hay otras personas que son conscientes de los problemas de sus semejantes y le causan tanto malestar, incluso más, que sus propios deseos.

Cualquiera que sea la razón de esta inquietud, cuando no hay el potencial suficiente para el conflicto violento, el hombre civilizado busca la justificación para controlar por la fuerza un recurso escaso que él desea, pero que alguna otra persona se opone. La empatía -o lo que impulsa al hombre a adoptar las Leyes Básicas libertarias- da lugar a una cierta forma de malestar, lo que se traduce como la acción ética.

El hombre civilizado se puede definir como el que busca justificación para usar la violencia interpersonal. Cuando la inevitable necesidad de recurrir a la violencia surge -la defensa de la vida o la propiedad- el hombre civilizado tiene por objeto la justificación. Naturalmente, puesto que esta justificación de búsqueda se lleva a cabo por personas que se inclinan por la razón y por la paz (después de todo, la justificación es una actividad pacífica que tiene lugar necesariamente en el discurso), lo que buscan son reglas que sean justas, potencialmente aceptables para todos, basadas en la naturaleza de las cosas, y universalizables, y que evitan los conflictos en el uso de recursos.

Los principios libertarios de los derechos de propiedad emergen como el único candidato que satisface estos criterios. Por lo tanto, si el hombre civilizado es el que busca la justificación para el uso de la violencia, el libertario es aquel que se toma en serio esta tarea. Él tiene una profunda oposición innata, por principios, a la violencia, y un compromiso igualmente profundo para la paz y la cooperación.

Por las razones expuestas, el libertarismo puede decirse que es la filosofía política que sistemáticamente favorece las reglas sociales destinadas a promover la paz, la prosperidad y la cooperación. Se reconoce que las únicas reglas que satisfacen las Normas Básicas civilizadas son el principio de auto-propiedad y el principio de colonización de Locke, aplicado de la forma más consistente que sea posible.

Y como he argumentado en otro lugar, ya que el Estado necesariamente ejerce la agresión, el libertario coherente, en oposición a la agresión, también es anarquista.


Publicado originalmente el 21 de agosto de 2009. Traducido del inglés para enemigosdelestado.com por Josep Purroy. El artículo original se encuentra aquí.

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