El Congreso debería “copar” el Tribunal Supremo

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Uno de los muchos mitos políticos a los que continúan aferrándose los estadounidenses es la idea de que el Tribunal Supremo es una institución “no política” y de que sus tradiciones y marco institucional son sagrados.

Por supuesto, el tribunal nunca ha sido apolítico y siempre ha estado compuesto por personas nombradas políticamente y relacionadas muy de cerca con los cargos electos de Washington.

De hecho, la verdadera naturaleza política del tribunal está bien documentada. Su política pueda optar muchas formas. Como un ejemplo de su papel en el patronazgo político pensemos en Earl Warren, un ex candidato a la presidencia y gobernador de California que fue nombrado para el tribunal por Dwight Eisenhower. Está ampliamente aceptado que el nombramiento de Warren fue una recompensa por su no oposición a la nominación de Eisenhower en la convención republicana de 1952. La idea de que de alguna manera Warren se transformó de político a Pensado Profundo después de su nombramiento resulta como mínimo poco convincente. O podríamos pensar en el famoso “cambio a tiempo que salvó a nueve” en el que el juez Owen Roberts invirtió completamente su postura legal sobre el New Deal en respuesta a las amenazas políticas de la administración de Franklin Roosevelt. En realidad, los jueces del tribunal supremo son políticos, que se comportan de la manera en que nos dice la teoría de la elección pública que deberían comportarse. Buscan conservar y expandir su propio poder.

Igualmente dudosa es la idea de que el tribunal debe estar compuesto por nueve jueces y de que el Senado de EEUU tiene la obligación de nombrar nuevos miembros cuando se produce una vacante. Incluso se asume generalizadamente que la Constitución de EEUU dicta el tamaño y composición del Tribunal Supremo. En realidad, la Constitución no dice nada en esta materia, el tribunal no ha estado siempre compuesto por nueve jueces y no ha habido siempre un número impar de jueces. A veces, el tribunal ha funcionado siguiendo un modelo de supermayoría.

Sin embargo, tras la muerte de Antonin Scalia, muchas personas bien informadas en otras materias estaban absolutamente convencidas de que el Senado de EEUU estaba actuando en contra de la Constitución cuando los republicanos de la cámara anunciaron que no tenían ninguna intención de ocupar la vacante hasta después de las elecciones de 2016.

De hecho, esto pone a Trump en disposición de nombrar potencialmente más de un juez del Tribunal Supremo durante un solo mandato de cuatro años. Llega con una vacante desde el primer día y los tres miembros más viejos del tribunal son todos jueces de inclinaciones izquierdistas, lo que significa que la composición del tribunal podría cambiar considerablemente durante el mandato de Trump.

Aunque el ambiente político sin duda hará que se elija un reemplazo para Scalia relativamente pronto, el Senado no tiene ninguna obligación de ratificar nunca a nadie para cubrir la vacante de este. El Senado es constitucionalmente libre para rechazar o confirmar cualquier nuevo juez indefinidamente, realizando así un cambio de hecho en el que el tribunal costaría de solo ocho jueces. El Congreso en general es también libre para aprobar una ley reduciendo formalmente el tamaño del tribunal. Pero no necesita hacerlo.

Socavar al tribunal haciéndolo más grande

Sin embargo no hay razón por la que el Congreso no pueda ir en la dirección opuesta y nombre a múltiples nuevos miembros para el Tribunal Supremo. Indudablemente tiene autoridad constitucional para hacerlo. Como pasó con el llamado plan de “copar el tribunal” de Franklin Roosevelt, enormes reformas del Tribunal Supremo no requieren nada más que un cambio de ley o, en algunos casos, la inacción del Senado.

Este movimiento ayudaría a dejar meridianamente claro el hecho de que el Tribunal Supremo es una institución política como siempre ha pretendido ser. También sería útil para afirmar la supremacía del Congreso sobre el Tribunal. Aparte del mandato constitucional de que habrá un Tribunal Supremo (de naturaleza indeterminada), este es totalmente una criatura de la regulación parlamentaria.

Si lo quisiera el Congreso, podría ocupar la vacante de Scalia y luego añadir tres o más puestos reconociendo las muertes cercanas y una (posible) senilidad de los jueces Breyer (78 años) Kennedy (80 años) y Ginsburg (83 años).

Como justificación, el Congreso solo tiene que explicar que los tres nuevos puestos permitirán que los nuevos jueces estén listos y ya formados desde el “día uno” tras una muerte o dimisión en el tribunal. El Congreso puede elegir no cubrir entonces la vacante de Ginsburg (por ejemplo) y permitir que el Tribunal recupere lentamente los nueve jueces.

¿Pero por qué ser tan conservador? Dado que el Tribunal Supremo es ahora más un parlamento supremo que un tribunal supremo (que emite lo que son esencialmente enmiendas constitucionales para cada nueva norma), el tribunal podría aumentarse muy razonablemente para ser más representativo de los 320 millones de personas sobre las que a los jueces les gusta mandar continuamente.

De hecho, a medida que el tribunal se ha hecho mucho más poderoso, se ha hecho mucho menos representativo. Por ejemplo, en 1790, había un juez del Tribunal Supremo por cada 600.000 estadounidenses. Hoy hay un juez del Tribunal Supremo por cada 35 millones de estadounidenses.

Si se busca un tribunal que realmente sepa algo acerca de lo que está pasando en Estados Unidos, lo mínimo que podría hacer el Congreso es aumentar el tamaño del tribunal a 50 jueces tratando de tener un juez de cada uno de los 50 estados.

Por otro lado, tal vez estemos únicamente perdiendo nuestro tiempo con detalles cuando lo que deberíamos estar haciendo realmente es quitar al Tribunal todo lo que no sean sus poderes constitucionales. Después de todo, la constitución de EEUU otorga jurisdicción al Tribunal Supremo en solo un pequeño puñado de casos. Según el texto:

El Poder Judicial entenderá en todas las controversias, tanto de derecho escrito como de equidad, que surjan como consecuencia de esta Constitución, de las leyes de los Estados Unidos y de los tratados celebrados o que se celebren bajo su autoridad; en todas las controversias que se relacionen con embajadores, otros ministros públicos y cónsules; en todas las controversias de la jurisdicción de almirantazgo y marítima; en las controversias en que sean parte los Estados Unidos; en las controversias entre dos o más Estados, entre un Estado y los ciudadanos de otro, entre ciudadanos de Estados diferentes, entre ciudadanos del mismo Estado que reclamen tierras en virtud de concesiones de diferentes Estados y entre un Estado o los ciudadanos del mismo y Estados, ciudadanos o súbditos extranjeros.

En todos los casos relativos a embajadores, otros ministros públicos y cónsules, así como en aquellos en que sea parte un Estado, la Corte Suprema poseerá jurisdicción en única instancia. En todos los demás casos que antes se mencionaron la Corte Suprema conocerá en apelación, tanto del derecho como de los hechos, con las excepciones y con arreglo a la reglamentación que formule el Congreso.

Limitado a sus poderes constitucionales, el Tribunal no tendría en la práctica ningún poder en absoluto sobre en nada que tuviera lugar dentro de las fronteras de un solo estado. Además, fuera el Tribunal Supremo, el sistema de tribunales federales está totalmente a merced del Congreso, ya que la Constitución estipula que los tribunales federales existirán solo cuando “el Congreso [los] instituya y establezca en lo sucesivo”.

Sin embargo, en todo esto lo importante a tener en cuenta es que el Tribunal Supremo no reclama nuestra veneración, nuestro asombro o nuestro respeto por sus pequeñas tradiciones e instituciones. Es simplemente un grupo de personas nombradas políticamente y que merecen tanto respecto como los miembros del Consejo Aeronáutico Civil.


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