Argumentos contra la anarquía

0

La creencia de que el gobierno es necesario para asegurar el orden social es pura superstición, basada en un proceso psíquico-epistemológico en nada diferente a las creencias en duendes y brujas. (…)

Dejemos claro desde el principio que el gobierno no es otra cosa que gente actuando de consuno. La moralidad y la valoración del gobierno, igual que la de cualquier otra asociación de hombres, no sería mayor ni menos que la moralidad y valoración de los hombres que lo integran. Como el gobierno no es otra cosa que hombres, su autoridad intrínseca para actuar no es distinta en modo alguno a la autoridad para actuar de los individuos aislados.

Si es ético que los policías del gobierno arresten a los criminales sospechosos, también es ético que lo hagan los “policías privados”. Si es ético que el gobierno busque y encarcele a hombres también es ético que las organizaciones no gubernamentales lo hagan. El gobierno no tiene poderes mágicos o autoridad que no tengan los individuos privados. Dejemos a quienes afirman que el gobierno puede hacer lo que el individuo no puede asumir carga de la prueba y demostrar su afirmación.

La razón básica por la que un orden social podría aparecer y aparecería en ausencia de gobiernos (como se conocen hoy) es el hecho de que el hombre tiene una necesidad objetiva de un orden social y protección ante la iniciación de la fuerza. Esta necesidad objetiva crearía asociaciones humanas produciendo orden en la sociedad. La ética y permanencia de estas asociaciones vendrá determinada por la ética y racionalidad de los hombres que las crean y trabajan en ellas, como en cualquier institución social.

Quizá el ataque más fuerte contra el “anarquismo” (sin duda el más vitriólico) lo hizo Ayn Rand. En su artículo “La naturaleza del Gobierno” escribe lo siguiente:

“Una variante reciente de la teoría anarquista, que está confundiendo a algunos de los más jóvenes defensores de la libertad, es un absurdo llamado “gobiernos en competencia”. Aceptando la premisa básica de que los estatistas modernos (que no ven diferencias entre las funciones del gobierno y las de la industria, entre la fuerza y la producción y que defienden la propiedad pública de los negocios), los defensores de los “gobiernos en competencia” toman la otra cara de la misma moneda y declaran que como la competencia es tan beneficiosa para los negocios también debería aplicarse al gobierno. En lugar de un sólo gobierno en monopolio, afirman, debería haber una serie de gobiernos en la misma área geográfica, compitiendo por la lealtad de los ciudadanos, siendo cada uno libre de “contratar” y apoyar el gobierno que él elija.

Recordemos que la limitación de los hombres por la fuerza es el único servicio que un gobierno tiene que ofrecer. Pregúntese qué significaría una competencia en la limitación por la fuerza.

No podemos calificar a esta teoría como una contradicción en los términos, pues es evidente que está desprovista de cualquier compresión de los términos “competencia” y “gobierno”. Tampoco podemos calificarla de abstracción flotante, pues carece de cualquier contacto o referencia a la realidad y no puede concretarse en absoluto, ni siquiera en general o aproximadamente. Un ejemplo bastará: supongamos que el Sr. Smith, cliente del Gobierno A sospecha que su vecino, el Sr. Jones, cliente del Gobierno B, le ha robado; una patrulla de la Policía A acude a la casa del Sr. Jones y se encuentra en la puerta una patrulla de la Policía B, que declara que no aceptan la demanda de Sr. Smith y no reconocen la autoridad del Gobierno A. ¿Qué ocurre entonces? Siga usted”.

Una vez superada la retórica típicamente cáustica de la Sra. Rand (que sólo indica que la Sra. Rand es bastante hostil a lo que ella califica equivocadamente como “gobiernos en competencia”), descubrimos que esencialmente tiene un argumento. La Sra. Rand afirma que lo que se califica adecuadamente como “agencias en competencia en la limitación por la fuerza” o un libre mercado de la justicia no funcionarían, porque las agencias en competencia acabarían protegiendo a criminales y atacándose entre sí. Sólo podemos calificar a esto como un argumento de hombre de paja.

La situación que “describe” la Sra. Rand es evidentemente absurda. Si las agencias en competencia en la limitación por la fuerza protegieran a criminales, no habría agencias en competencia en absoluto. Serían bandas de criminales, simple y llanamente.

Además, sería una completa locura que la gente se “suscribiera” a bandas criminales en competencia para vivir en el mismo “campo”. En este sentido, la Sra. Rand tiene razón. Sin embargo, lo que yo y cualquier otro defensor de una sociedad sin coacción estamos defendiendo no son “gobiernos en competencia” (un término equivocado) o “bandas de criminales en competencia” (una monstruosidad ética) sino “agencias en competencia en la limitación por la fuerza”, de lo que en realidad la Sra. Rand no se ha ocupado en absoluto.

En la situación descrita antes, en la que los vecinos se suscribieron a distintos departamentos de policía, lo que es seguro (si fueran realmente departamentos de policía operando sobre una ley objetiva, en lugar de bandas de criminales operando sobre las reglas de la banda, que es lo que describía la Sra. Rand) es que la Policía B aceptaría la validez de la Policía A, o en realidad la de cualquier departamento de policía con buena reputación, y cooperaría con ella en el arresto del Sr. Jones. La Policía sin duda no protegería al Sr. Jones de la justicia si hubiera evidencia objetiva de que éste hubiera cometido un delito, ni la Policía A procedería al arresto del Sr. Jones salvo que hubiera dicha evidencia. De esta forma, la ley objetiva eliminaría los “tiroteos” coactivos.

Una vez que empiecen a funcionar los departamentos de policía en competencia, se crearían los procedimientos operativos normalizados para ocuparse de esos casos. Se nos ocurren al menos dos posibles procedimientos: o bien se estipula que el departamento de policía al que está suscrito un hombre sería el único que podría encarcelarle, o se estipula que el departamento de policía donde se puso la denuncia le encarcelaría.

En su extremo, habría pocos motivos para que los policías se jugaran la vida por un presunto ladrón y si los departamentos de policía en competencia operaran como ilustra falsamente la Sra. Rand, rápidamente cerrarían el negocio debido al desgaste que supone el ritmo de policías muertos en “acto de servicio”.

Éste es uno de los fallos en el argumento de la Sra. Rand. Otros problemas incluyen su fracaso en explicar exactamente cómo el gobierno puede éticamente prohibir las agencias en competencia en la limitación por la fuerza o qué es lo que impide que la policía del estado se tirotee con la del condado en situaciones similares. Está claro que tanto las premisas como la lógica de la Sra. Rand son erróneas en este caso.

[Este artículo se ha extraído de Society Without Coercion]

Traducido del inglés por Mariano Bas Uribe. El artículo original se encuentra aquí.

Print Friendly, PDF & Email