En socialismo: la propiedad es nominal, la redistribución es la regla y la sociedad es cómplice

0

 

Artículo de andrea sobre Hoppe foto«Ambos tipos de socialismo [el soviético y el socialdemócrata], debe estar claro, provienen de las mismas fuentes ideológicas. Ambos tienen motivación igualitaria, al menos en teoría, y ambos tienen esencialmente el mismo fin: la abolición del capitalismo como sistema social basado en la propiedad privada y el establecimiento de una sociedad nueva, caracterizada por la solidaridad fraternal y la erradicación de la escasez; una sociedad en la que cada cual gana “de acuerdo con su necesidad”».

Hoppe, Hans-Hermann: Libertad o Socialismo, Universidad San Francisco de Quito, Quito, p. 68, 2009.

Libertad o Socialismo es un compendio de ensayos de Hoppe. El ensayo en el que nos enfocamos en realidad es un capítulo de su libro A theory of Socialism and Capitalism. En este capítulo Hoppe nos describe las diferencias entre el socialismo soviético y el socialdemócrata, considerando que este libro se publicó en 1989, año en el que cae el Muro de Berlín.

No obstante, me gustaría rescatar las características de ese socialismo demócrata que detecta Hoppe para que nos demos cuenta, con inevitable dolor, que no estamos alejados de esa realidad y que incluso las fórmulas se repiten una y otra vez.

Afectación de la propiedad

El socialismo socialdemócrata no prohíbe la propiedad privada de los medios de producción e incluso acepta la idea de que todos los medios de producción sean de la Propiedad Privada-con la mera excepción de la educación, el tráficos y las comunicaciones, la banca central y la policía y las cortes.

(Hoppe, Hans Hermann: Libertad o Socialismo, Universidad San Francisco de Quito, Quito, p. 69, 2009).

Siempre hemos sostenido que la propiedad privada no es sólo un derecho subjetivo sino también es una institución porque es un contrapeso natural del ejercicio del poder del Estado.

La importancia de la propiedad privada es reconocida por estos regímenes, razón por la cual es el primer derecho a atacar. Hoppe nos señala que «a ningún propietario de medios de producción le pertenece totalmente el ingreso que pueda obtenerse del uso de su medio de producción y ningún propietario puede decidir cuánto de su ingreso total puede dedicar a consumir y cuánto a invertir». (Ob. cit, p. 69).

Como veremos más adelante, Hoppe en este caso habla de los impuestos como formas de esa expropiación parcial.

En Venezuela tenemos la ocupación temporal (posesión total o parcial por el Gobierno de la empresa, por tiempo (i)limitado y sin pago alguno); multas (pagos coactivos por una infracción cometida, pero sin previo derecho a la defensa y al debido proceso), diversas normas administrativas (mandatos, órdenes, directrices, restricciones a la libertad) designación de una Junta administradora por el Ministerio en los casos de ocupación temporal, limitaciones a la remisión de utilidades en caso de la inversión extranjera, entre otros.

La Redistribución y los impuestos (al ingreso y a las ventas) como formas comunes de alcanzarla

El socialismo de estilo socialdemócrata promueve la expropiación parcial del propietario natural al redistribuir parte del ingreso productivo hacia gente que, cualesquiera fueren sus méritos en otros ámbitos, no produjeron el ingreso en cuestión y definitivamente no tienen derechos contractuales sobre él, y quienes además, tienen la posibilidad de dictaminar unilateralmente, i.e., sin tener que contar con el consentimiento del propietario afectado, qué tan lejos puede llegar esta expropiación parcial.

(Ob. cit, p. 70).

La forma de redistribución más común es el impuesto y, de ellos, el impuesto a las ganancias y a las ventas. Son de las formas más comunes porque además consiguen con impresionante tranquilidad la adhesión de todos los que se benefician de ellos (esto resulta obvio) y los que deben pagar estos impuestos. La respuesta (no pensada) más común es: «es para pagar servicios prestados por el Estado».

En este caso, son pocos los que se detienen a preguntarse: ¿de verdad se destinan al pago de los servicios?; ¿de verdad esos servicios deben ser prestados por el Estado?; ¿los servicios no podrían prestarlos particulares?; si el Estado los presta ¿es deseable tener un Estado encargado de esos servicios, cada vez con más facultades, cada vez más grande?

Por otra parte, los impuestos al ingreso y a las ventas son los más comunes, pero tengan por seguro que la lista no se detiene allí. También tenemos el impuesto sobre sucesiones porque, y esta es otra característica del socialismo de los 60 como del actual, se debe lograr la igualdad material.

Hoppe afirma que «el socialismo socialdemócrata, motivado por su celo igualitario incluye la riqueza privada en sus esquemas políticos y le pone un impuesto también, y en particular crea un impuesto a la herencia para satisfacer la queja popular con respecto a “riqueza no ganada” que reciben los herederos». (Ob. cit, p. 75).

Cambio en la estructura social-moral de la sociedad

«Dado que el socialismo socialdemócrata favorece roles no-productivos tanto como los productivos que escapan el escrutinio público y por tanto no pueden ser alcanzados por los impuestos, el carácter de la población cambiará en concordancia con ello». (Ob. cit. p. 77).

Ya el impuesto a las sucesiones y la aquiescencia de la mayoría muestra una profunda pérdida de ética, porque en el fondo está presente «el rico debe pagar más»; «el rico debe pagar por lo que no ha ganado»; «yo estaré mal, pero ellos también pagarán»; etc.

Pero este esquema de redistribución no sólo tiene efectos económicos, sino también en la sociedad misma, porque estás recibiendo algo por lo que no has trabajado y es algo que otro ha ganado. Esa sociedad se convierte en cómplice de esta especie de robo.

Este pequeño recorrido del diagnóstico de Hoppe nos deja un mal sabor, porque nos recuerda que no aprendimos nada de ese Muro que estuvo por 28 años aproximadamente.

Me es difícil terminar optimista este artículo. Sólo me resta recordar que regímenes como estos se sostienen porque hay una población que se lo permite y es cómplice de ellos.

 


Andrea Rondón: Directora del Comité de Derechos de Propiedad de CEDICE y Directora Académica del Instituto Ludwig von Mises Venezuela. Twitter: @arondon75

Print Friendly, PDF & Email