¿Dar derechos a los animales?

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Hace unos días tuve la oportunidad de asistir a uno de los “Encuentros por la libertad”, organizados por la SFL en Madrid. Allí, entre otras cosas, como la oportunidad de conocer al profesor Philipp Bagus en persona, se produjo un debate, por momentos delirante, sobre el especismo.

No voy a entrar en este comentario en la discusión concreta sobre el especismo, sus valores y defectos, sino a centrarme en un punto que se planteó durante la mesa redonda y que pasó inadvertido en la ronda de preguntas. En concreto, durante dicho debate se habló más de una vez (incluso por parte del por otro lado intachable libertario que es el Paco Capella) de “conceder derechos” a los animales.

¿Perdón? ¿He oído bien? ¿Conceder derechos? ¿Quién concede derechos? En la tradición liberal los derechos son propios del individuo y no se puede renunciar a ellos si no es de manera voluntaria. En concreto, nuestra tradición habla de los tres derechos clásicos: vida, propiedad y libertad. Todo ser humano por el hecho de serlo tiene derecho a estas tres cosas. A partir de esto, no existen más derechos originales.

Es verdad que hay derechos que derivan de estos tres, como el derecho a la integridad personal, el derecho a la libre expresión o el derecho a la autodefensa, pero también son derechos derivados de los derechos esenciales que son propios del sujeto de derechos, tradicionalmente el ser humano individual.

Al ser todos los derechos adicionales (reconocidos por los liberales) derivados de derechos esenciales propios del individuo, no cabe ninguna “concesión” o dación de derechos por parte de nadie, especialmente del estado. El propio estado reconoce que la soberanía reside en el pueblo, lo que lo hace depender de los derechos de los individuos que componen este. En consecuencia, el estado solo puede limitarse a “reconocer” derechos derivados de estos. Por ejemplo, recientemente se ha dicho que el estado ha concedido el derecho al matrimonio entre personas del mismo sexo. Si existía ese derecho, ¿cuándo se renunció a él? ¿Cuándo se le cedió al estado para que pudiera ahora volverlo a reconocer?

Para un liberal coherente, no puede ser válida ninguna concesión de derechos por parte de un ente público. Sí cabe conceder derechos por medio de contratos, pero estos derechos los conceden libre y voluntariamente cada uno de los individuos afectados por la relación contractual. Todo lo demás son constructos estatistas, propios del colectivismo social dominante.

Y por cierto, si mi perro es sujeto de derechos y por tanto tiene derecho a la vida, la propiedad y la libertad, si se escapa de casa, ejercitando su derecho a la libertad, ¿yo no tendría derecho a traerlo de vuelta, ya que eso equivaldría a un secuestro?

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