El alegato contra las leyes de curso legal

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[Extraído de ¿Qué ha hecho el gobierno de nuestro dinero?]

Ley de Gresham

El gobierno impone controles de precios en buena medida para desviar la atención pública de la inflación gubernamental y dirigirla contra los supuestos males del libre mercado. Como hemos visto, la “Ley de Gresham” (que una moneda artificialmente sobrevalorada tiende a dejar fuera de la circulación a otra artificialmente infravalorada) es un ejemplo de las consecuencias generales del control de precios. En efecto, el gobierno fija un precio máximo en un tipo de dinero en relación con el otro. El precio máximo causa una escasez (desaparición por acaparamiento o exportación) de la divisa que los sufre (artificialmente infravalorada), lo que le lleva a ser reemplazada en la circulación por la moneda sobrevalorada.

Hemos visto cómo funciona en el caso de monedas nuevas frente a monedas gastadas, uno de los primeros ejemplos de la Ley de Gresham. Al cambiar el significado del dinero del peso al mero valor facial y estandarizarse las denominaciones para favorecer su comodidad y no la de la gente, los gobiernos calificaron a las monedas nuevas y las gastadas con el mismo nombre, aunque tuvieran diferentes pesos. En consecuencia, la gente acaparaba o exportaba las monedas nuevas de peso íntegro y ponían en circulación las gastadas, con los gobiernos lanzando maldiciones contra “especuladores”, extranjeros o el libre mercado en general, por una situación que había generado el propio gobierno.

Un caso particular importante de la Ley de Gresham es el permanente problema del “patrón”. Hemos visto que el libre mercado establecía “patrones paralelos” de oro y plata, cada uno fluctuando libremente en relación con el otro, de acuerdo con la oferta y demanda del mercado. Pero los gobiernos decidieron que debían ayudar al mercado interviniendo para “simplificar” cosas. ¡Creían que las cosas serían mucho más sencillas si el oro y la plata tuvieran una relación fija, digamos veinte onzas de plata por una de oro! Así, ambas monedas podrían circular con un cambio fijo y, mucho más importante aún, el gobierno podría librarse por fin de la carga de tratar el dinero en términos de peso en lugar del valor facial. Imaginemos una unidad, el “rur”, definida por los ruritanos como 1/20 de una onza de oro. Hemos visto lo importante que es para el gobierno inducir a la gente a considerar el “rur” una unidad abstracta por sí misma, sólo vagamente relacionada con el oro. ¿Qué mejor manera de hacerlo que fijando el cambio oro/plata? Así, el ·rur” no sólo sería 1/20 de onza de oro, sino también una onza de plata. El significado concreto de la palabra “rur” (un nombre para un peso en oro) se ha perdido así y la gente empieza a pensar en el “rur” como algo tangible por sí mismo, establecido de alguna forma por el gobierno, para fines buenos y eficaces, igual que ciertos pesos de oro y plata.

Ahora vemos la importancia de abstenerse de nombres patrióticos o nacionales para onzas o gramos de oro. Una vez que una etiqueta reemplaza a las unidades de peso reconocidas mundialmente, a los gobiernos les resulta mucho más fácil manipular la unidad monetaria y darle por sí misma una vida aparente. La relación fija oro/plata, conocida como bimetalismo, lleva perfectamente a cabo esta labor. Sin embargo, no realiza su otra labor de simplificar la divisa nacional. Pues de nuevo hace su aparición la Ley de Gresham. El gobierno normalmente fija originalmente la relación bimetálica (digamos 20/1) al tipo del libre mercado. Pero el tipo de mercado, como todos los precios de mercado, cambia inevitablemente con el tiempo, igual que las condiciones de oferta y demanda. A medida que se producen cambios, la relación bimetálica fija se hace obsoleta. Los cambios hacen que el oro y la plata se sobrevaloren. El oro entonces desaparece en el efectivo, el mercado negro o la exportación, mientras que la plata fluye desde el exterior y sale de las cajas para convertirse en la única divisa circulante en Ruritania. Durante siglos, todos los países han luchado contra los calamitosos efectos de alternar repentinamente entre divisas metálicas. A veces fluirá la plata y desaparecerá el oro; más tarde, cuando cambien los tipos del mercado, el oro se extenderá y la plata desaparecerá.[1]

Finalmente, después de varios siglos de complicaciones con el bimetalismo, los gobiernos escogieron un metal como patrón, normalmente el oro. La plata se relegó a la categoría de “moneda simbólica” para importes pequeños, pero no por todo su peso. (La acuñación de moneda simbólica también fue monopolizada por el gobierno y, al no estar soportada al 100% por oro, resultó un medio de expansión de la oferta monetaria). La erradicación de la plata como moneda sin duda dañó a mucha gente que prefería usarla en sus transacciones. Era cierto el grito de guerra de los bimetalistas de que se había cometido un “crimen contra la plata”, pero el verdadero crimen  fue la imposición original del bimetalismo en vez de los patrones paralelos. El bimetalismo creó una situación imposible, que el gobierno podía afrontar o volviendo a una completa libertad monetaria (patrones paralelos) o eligiendo uno de los dos metales como moneda (patrón oro o plata). Después de tanto tiempo, la completa libertad monetaria se consideraba absurda y quijotesca, así que se adoptó generalizadamente el patrón oro.

Moneda de curso legal.

¿Cómo fue capaz el gobierno de poner en práctica sus controles de precios en los tipos de cambio monetario? Mediante un medio conocido como leyes de moneda de curso legal. El dinero se emplea para el pago de deudas pasadas, así como para transacciones en metálico. Al predominar ahora en las cuentas el nombre de la divisa del país, en lugar de su peso real, los contratos empiezan a requerir que le pago se haga en ciertas cantidades de “dinero”, Las leyes de moneda de curso legal dictaban cuál podía ser esa “moneda” Cuando sólo el oro o la plata originales se consideraban “monedas de curso legal”, la gente lo consideró inofensivo, pero deberían haber se dado cuenta de que se había establecido un peligroso precedente para el control gubernamental del dinero. Si el gobierno se atiene a la moneda original, su ley de moneda de curso legal resulta superflua e innecesaria.[2] Por otro lado, el gobierno puede declarar como de curso legal una divisa de peor calidad en igualdad con la original. Así, el gobierno puede decretar que las monedas gastadas son tan buenas como las nuevas para pagar las deudas o que el oro y la plata son equivalentes de acuerdo con un tipo fijo. Las leyes de moneda de curso legal hacen actuar de nuevo a la Ley de Gresham.

Cuando las leyes de moneda de curso legal consagran una moneda sobrevalorada, tienen otro efecto: favorecen a los deudores a costa de los acreedores. Pues permiten que los deudores paguen sus deudas en una moneda mucho peor que la que recibieron y los acreedores se ven privados de su dinero, al que tienen todo el derecho. Esta confiscación de la propiedad de los acreedores, sin embargo, sólo beneficia a los deudores presentes: a los deudores futuros se verán gravados por la escasez del crédito generada por el recuerdo del expolio de los acreedores por parte del gobierno.


Publicado originalmente el 23 de mayo de 2016. Traducido del inglés por Mariano Bas Uribe. El artículo original se encuentra aquí.

[1] De hecho, muchos envilecimientos pasan inadvertidos, al afirmar los gobiernos que se están limitando a ajustar al mercado el tipo de cambio oro/plata.

[2] “La ley normal del contrato hace todo lo necesario sin necesidad de que haya una ley dando funciones especiales a formas de divisa particulares. Hemos adoptado un soberano de oro como nuestra unidad. (…) Si prometo pagar 100 soberanos, no se necesita una ley especial sobre divisas referida al curso legal para decir que estoy obligado a pagar 100 soberanos y que, si se me requiere el pago de los 100 soberanos, no puedo cumplir con mi obligación pagando con cualquier otra cosa.” Lord Farrer, Studies in Currency 1898 (Londres: Macmillan and Co, 1898), página 43. Sobre las leyes de moneda de curso legal, ver también Mises, La acción humana: Tratado de economía (Madrid: Unión Editorial, 2001).

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