Recientemente ha causado mucho revuelo la Sentencia emitida con ponencia conjunta por los Magistrados del Tribunal Supremo de Justicia en la Sala Constitucional, no obstante, ¿cuál es la sorpresa? En mi opinión, ninguna. Es típico en regímenes autoritarios (que caminan hacia el totalitarismo a pasos agigantados) como el de Venezuela, realizar este tipo de actuaciones. La dictadura tiene muchos años instauradas y, efectivamente, ha dado otra patada más a la Carta Magna. Venezuela tiene actualmente un régimen autoritario, es decir, una dictadura que cercena las libertades políticas y económicas, así como individuales, pero va hacia el totalitarismo, término que se refiere al control total de la vida de los individuos por parte del Estado, es decir, un “Estado Total”, no obstante, quedan libertades, por ínfimas que sean. Debo señalar que las dictaduras pueden ser autoritarias (como las de Gómez, Pérez Jiménez, Pinochet, Videla, las cuales conservan algunas libertades de tipo económico) como totalitarias (Stalin, Mussolini, Hitler, Mao Tse Tung, así como las hegemónicas que hay en Cuba y Corea del Norte, que restringen cualquier aspecto de la vida e individualidad de un ser humano). Venezuela camina hacia el totalitarismo. Curiosamente, cuando Hitler llega al poder como Canciller de la República de Weimar (Alemania en 1933) disuelve el Parlamento, y se otorga facultades especiales, muy a lo que conocemos como “Estado de Excepción”.
Pero, ¿qué significa dictador? El origen del término viene de la Roma en su periodo republicano donde, en circunstancias especiales, se denominaba a una persona, a un magistrado (cargo público) para que manejara la vida de la ciudad por un período de seis (6) meses por razones extraordinarias como guerras (como fue en el caso de las guerras púnicas, contra el general cartaginés, Aníbal Barca). Esa fue la figura que se concibió y que dio origen al término “dictador”, es decir, aquel que “dicta” la ley, que prescribe la norma, lo que se “debe” hacer. Ese es el origen del dictador.
De igual manera, a finales del siglo XIX, Napoleón III (hijo de Luis Bonaparte, hermano de Napoleón I) se tomó ciertas atribuciones especiales que lo habilitaban para ejercer funciones excepcionales y dictar leyes (algo semejante a las leyes habilitantes), hasta que el Imperio francés cae bajo la derrota contra la coalición germano-prusiana en la denominada Guerra Franco-Prusiana (1870-1871), erigiéndose el Reich alemán, encabezado por el káiser (básicamente, “emperador”, aunque el origen de dicha palabra viene de “caesar”, en referencia al general romano Julio Cesar) Guillermo I, justamente en Versalles (origen de muchos rencores, que van desde la Primera Guerra Mundial, hasta la Segunda). De igual manera, como ya señalé previamente, Hitler se otorgó poderes especiales y disolvió el parlamento alemán al breve tiempo de su ascenso al poder, creándose la figura del Führer (que significa “líder”, “jefe”, versión alemana, de lo que muchos podrían entender hoy como “Comandante Supremo”, valga la analogía).
Traigo a colación dichos ejemplos históricos para hacer referencia que la situación política y jurídica que padece Venezuela no es algo nuevo en el mundo, por un lado, y que padecemos una dictadura desde hace mucho rato puesto que el “golpe de Estado”, es continuado. Muchos dicen que no es una dictadura todavía porque todavía hay en algunos aspectos “democracia”, pero es que precisamente por ese cariz o “barniz” democrático es que estamos como estamos. Asociar democracia con libertad es una de los absurdos más grandes que se puedan esgrimir. Se sigue creyendo en la idea de la legitimidad de origen (que, en nuestro caso, se da mediante votación popular), pero se olvida que dicha legitimidad se pierde por desempeño (he ahí la razón del artículo 350 de la Constitución Nacional)
La dictadura ya tiene rato, recalco y, a mi parecer, ¿saben cuándo se instauró (y pensarán algunos que exagero) ésta locura autoritaria? El día del juramento de Chávez. ¿Recuerdan el “Juro ante ésta MORIBUNDA Constitución”? Ese juramento, para mí, fue inválido, nulo (opinión personal). Y es que fue tanto el exabrupto, que él pateó en su juramentación (acto sagrado desde la tradición romana) la “Norma Normarum” bajo la cual fue elegido. Eso fue una ofensa al Estado de Derecho (no me refiero al concepto meramente formal y positivista de origen kelseniano que ha servido para legitimar mediante la “ley” muchos exabruptos, como el nazismo, donde era legal hasta matar judíos). No obstante, creó una Constitución que abolió todo lo anterior, precisamente porque fue un traje hecho a la medida, incluso, sin estar facultado a poderla crear, puesto que la Constitución de 1961 preveía solo los mecanismos de enmienda y reforma, más no la posibilidad de “transformar el Estado”, lo cual implica una Constituyente. Vale señalar que, Chávez, ya había demostrado su respeto a la Constitución, cuando, efectivamente, procuró dar un Golpe de Estado al gobierno legítimamente constituido por Carlos Andrés Pérez (igual que Hitler, debo recordar, quien intentó dar un golpe, el cual falla, va preso, escribe en cautiverio su obra Mein Kampf –Mi Lucha–, y luego retorna a la vida política).
Por otro lado, es preciso hacer ciertas precisiones de tipo político y jurídico previos para comprender la realidad política en Venezuela. Los autoritarismos y totalitarismos se van formulando en la medida en que las elites que gobiernan, se adentran en la vida de las personas, usando el aparato, el artificio estatal. Cabe destacar que Estado y gobierno son cosas distintas. El gobierno es la elite política que gobierna temporalmente y que detenta el poder político, en un momento dado. Es una oligarquía en cualquiera de las formas de gobierno (monarquía, democracia, aristocracia).
Por su parte, el Estado es un aparato, un mecanismo, una superestructura artificial (entelequia o ficción) que ha nacido producto de las acciones de las elites temporales o gobiernos. Estas elites cuando llegan al poder en una sociedad mediante la violencia (ese es el origen del gobierno), crearon una especie de mito o herramienta abstracta de la cual se sirven para sus fines particulares. Hay siempre, por ende, un Estado con gobierno. No puede haber un Estado sin Gobierno.
Dicho aparato técnico que es el Estado, y que se ha creado de manera artificial (no es evolutivo en cuanto a natural) por las oligarquías que se han sobrepuesto con violencia en las pequeñas sociedades antiguas, tiene tres elementos clásicos constitutivos: Territorio (base física), población (grupo humano o habitantes) y poder político (gobierno, oligarquía temporal o elite, de acuerdo a Wilfredo Pareto -teoría de la circulación de las élites-, Gaetano Mosca -clase política o gobernante-, Robert Michels -ley de hierro o ley férrea de la oligarquía-, entre otros). No obstante, el Estado moderno tiene cuatro elementos existenciales en los cuales descansa su esencia: Monopolio de la violencia (Fuerzas Armadas y Policía), Monopolio del Derecho (creación de leyes, de mandatos coactivos sin respeto de la tradición u orden espontáneo), Burocracia (organización de tipo especializada y jerárquica) y el Monopolio del dinero (impuestos y capacidad de acuñar moneda e imprimir billetes, curso forzoso, etc.). Sin esos elementos, no existe Estado moderno (argumentación de Dalmacio Negro).
Debo señalar que se agrava más el asunto porque el Poder Legislativo, de acuerdo a la teoría de la división de los poderes de Montesquieu, es el órgano que tiene “legitimidad” por antonomasia dentro del Estado para crear leyes, es decir, para generar normas que obligan a las personas. Por su parte, el Poder Judicial es quien tiene la “autoridad” (en sentido estricto), porque es quien dice cuál es el derecho (el vocablo “jurisdicción” viene de “iuris-dictio”, o sea, “decir el derecho”, y la tarea del juzgador es sentenciar, que su base es “sentium dire“, decir el sentido, en este caso, de lo que consideran es el derecho, la norma, la ley). Por su parte, el Poder Ejecutivo es “poder” porque tiene el mando, la fuerza, la capacidad para ejecutar el “derecho” interpretado en el sentido que el Poder Judicial le da.
Por eso, en el caso de Venezuela, el Parlamento al carecer de “autoridad” y “poder” (en sentido estricto, de conformidad con la explicación precitada), difícilmente podrá hacerse valer, independientemente que tenga “legitimidad” (de base democrática, recordando que la democracia es una forma de gobierno sustentada en la ignorancia e irracionalidad y poca preferencia temporal, según Downs, Caplan, Huemer y Hoppe). Es una demostración más de la crisis del “Estado”, como artificio de las elites que, mediante la violencia y mitos, se sobreponen a otros, y para darle sentido a su violencia, generan abstracciones falaces para su poder, autoridad y legitimidad, que van desde el “derecho divino” a gobernar, la famosa idea de “soberanía”, hasta como el absurdo histórico y teórico “contrato social”. Tanto Gobierno como Estado son formas de lo político (entiéndase de lo “público”) que carecen éticamente de legitimidad, puesto que vienen de la violencia, y atentan contra la libertad, transgrediendo su esencia, la acción humana.
Concretamente, con este apartado teórico ya esgrimido, nos vamos al caso concreto de lo que sucede en Venezuela, a lo cual, dentro de este conflicto, debo señalar que continúa el mismo problema. Un poder que no reconoce a otro, pero el problema está en que la autoridad, es decir, la capacidad y poder de mando de una persona o ente se fundamenta en la obediencia y, en caso que no haya obediencia, en la capacidad para hacer efectiva esa autoridad por, incluso, mediante la fuerza, entiéndase, el PODER. La autoridad que tiene la Asamblea está mermada (autoridad en sentido amplio). Su legitimidad es de base democrática, más fuerte que la del Poder Ejecutivo, no obstante, esa autoridad para que tenga una real fuerza y validez, necesita el aval y reconocimiento de otras autoridades, cosa que no tiene la Asamblea Nacional puesto que los demás poderes no la reconocen, y la misma no tiene la capacidad ni poder de mando para hacer efectiva sus decisiones.
Esto trae como consecuencia que no haya obediencia a la Asamblea Nacional, demostrando que el Poder Político no es del “Pueblo”, ni de sus representantes, sino de aquella elite que logra sobreponerse a otra y tiene la posibilidad de establecer lo que es la ley, incluso por la fuerza sin que medie interferencia de otro poder. La Asamblea Nacional no genera la expectativa plausible de obediencia, de acatar sus decisiones, a diferencia del Poder Ejecutivo y del Poder Judicial. Es por ello que ha sido tan fácil y sencillo anular la capacidad de la Asamblea Nacional por parte del Poder Ejecutivo y el Poder Judicial desde el año pasado.
Entonces, como Maduro tiene autoridad (concretamente tiene poder, es decir, mando y fuerza para imponer y ejecutar las decisiones), la cual es ratificada por otros poderes (entiéndase la autoridad estricta y concretamente del Poder Judicial para decir cuál es el derecho aplicable), y tiene capacidad para hacerse obedecer, hace lo que le da la gana. Cuando hay una centralización de esa autoridad, especialmente en Venezuela, donde hay un hiperpresidencialismo, y los demás poderes ratifican ese hiperpresidencialismo, aun cuando esos poderes no tengan legitimidad democrática, le permite a Maduro hacer lo que quiera.
Uno de los juristas del horror del gobierno de Hitler, el nefasto Carl Schmitt decía algo muy cierto: Que el poder radicaba en quien tenía la facultad de establecer el Estado de Excepción en un territorio. Esto se traduce no como al Estado de Excepción ordinario que conocemos en la Constitución, sino en la facultad de intervenir extraordinariamente en la sociedad, y ser obedecido en los momentos que el considere excepcionales, imponiendo lo que es la norma a los que se gobierno (traducción: Dictadura). Quien tiene esa facultad excepcional, es, como bien el jurista decía, el que impone la visión política sobre la jurídica, estableciendo una relación de amigo-enemigo. Por eso, el gobierno es quien siempre mediante su autoridad (recalco, poder, en sentido estricto), decide que es lo bueno y que es lo malo, y cuál es la ley y que va en contra de la ley, sin que medie autoridad propiamente para detenerlo.
Nosotros podemos calificar de inconstitucionales todas las decisiones de un TSJ que carece de legitimidad democrática, con magistrados elegidos de forma fraudulenta sin el procedimiento formal para ello, entre otras cosas, pero al final, quien tiene la posibilidad de establecer sí algo es válido constitucionalmente o no, es el Gobierno, mediante el TSJ porque tienen autoridad y entre los demás poderes restantes que lo ratifican.
No obstante, ¿qué es en realidad una Constitución? Decía Lasalle, el padre de la socialdemocracia que, es una simple hoja de papel. Esa “hoja de papel” que las elites que gobiernan en determinado tiempo se dan a sí mismas para gobernar y establecer el “modus videndi”, es decir, la forma de vida y pacto social. Por eso es tan evidente que, en el caso venezolano, la situación no ha cambiado a mejor porque con más de 26 Constituciones a lo largo de la historia, modificando la supuesta “receta”, no terminamos de salir del despeñadero. Es un absurdo creer que, con solo cambiar la Constitución, se puede cambiar la forma de actuar y pensar de los gobiernos, limitar el aparato estatal, y corregir el comportamiento inmoral e ignorante de los ciudadanos. Es una de las mayores falacias de la historia.
El derecho no es la imposición de unas elites que temporalmente gobiernen e impongan una nueva Constitución (en el caso de Venezuela, la Constitución de 1999 fue aprobada apenas por cerca del 30 por ciento del padrón electoral, curiosamente, es decir, no es ni siquiera una imposición de la mayoría “democrática”), sino que el derecho es un conjunto de normas que de manera paulatina cada sociedad van haciendo suyas por ensayo y error, por tradición y costumbre, es decir, en un orden no deliberado, o como bien señalaba Hayek, un orden espontáneo. Finalmente, recalco la idea que da Hayek en su obra, Derecho, Legislación y Libertad sobre las constituciones. He aquí la cita textual:
“Cuando Montesquieu y los padres de la Constitución norteamericana articularon la concepción de una constitución limitadora que se había desarrollado en Inglaterra, establecieron un modelo al que el constitucionalismo liberal ha venido conformándose desde entonces. Animábales, sobre todo, la idea de proporcionar adecuada salvaguardia institucional a la libertad individual, sirviéndose para ello del artificio de la separación de poderes. En la forma en que nosotros la conocemos, esta división de poderes entre órganos legislativo, judicial y administrativo no ha permitido ciertamente alcanzar los objetivos deseados. Todos los gobiernos han logrado, por medios constitucionales, hacerse con los poderes que aquellos hombres precisamente pretendían negarles. Es evidente que el primer intento de garantizar la libertad individual por medio de las constituciones ha fracasado”.
Friedrich A. Hayek (2006, p.15) en la Introducción de su obra, “Derecho, Legislación y Libertad”.