En defensa de los paraísos fiscales

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[Publicado originalmente el 10 de abril de 2012]

I. Clima político e informativo

Desde hace muchos años, un gran número de políticos europeos ha defendido de forma insistente la necesidad de “coordinar” las políticas fiscales de los países de la Unión, todo en aras de una mayor “armonización” tributaria. Este discurso ha cobrado más fuerza desde el comienzo de la Gran Recesión. El año pasado, sin ir más lejos, el presidente francés Nicolas Sarkozy defendió que Irlanda debería subir su Impuesto de Sociedades, y meses después, el gobierno alemán afirmó que “las políticas de convergencia tributaria deben ser estudiadas”.

Como esta visión está cada vez más presente en el discurso oficial de la Unión Europea, es importante subrayar los graves riesgos que acarrean estas propuestas para el bolsillo de los contribuyentes. Al fin y al cabo, anular la soberanía tributaria de los países miembros en aras de una mayor “integración” puede ser la excusa perfecta para que millones de europeos acaben pagando cada vez más impuestos.

Quienes promueven esta estrategia saben perfectamente que el “campo de batalla” no se limita al viejo continente, por lo que este esfuerzo intervencionista tiene una clara naturaleza internacional. Aquí entran en juego autoridades de países como EEUU, donde el IRS y el Departamento de Justicia llevan años promoviendo una agenda de auténtico imperialismo fiscal destinada a decirle a países soberanos qué tipo de políticas fiscales deberían aplicar.

También las organizaciones internacionales juegan un papel muy importante en este tema. De hecho, la OCDE, que originalmente era un ente consultivo, está asumiendo tantos poderes en esta materia que se está convirtiendo en una suerte de “policía mundial de los impuestos ”.

Queda claro, por lo tanto, que hablamos de un esfuerzo político de dimensión global orientado a eliminar las diferencias tributarias entre países. Suprimiendo la competencia fiscal, los promotores de estas políticas quieren estar seguros de que ningún contribuyente pueda proteger sus ahorros, su patrimonio y sus inversiones en las jurisdicciones que conocemos popularmente como “paraísos fiscales”. Dichas demarcaciones se han convertido en la gran alternativa al paradigma que promueven los paladines de la “integración fiscal”, por lo que su defensa es la postura más sensata para quienes preferimos limitar el poder de influencia de los gobernantes sobre nuestro dinero.

Evidentemente, este esfuerzo no se limita a la política. Muchos medios de comunicación no dudan en hacer suya esta causa. Un ejemplo lo tenemos en una noticia que ha publicado recientemente El País acerca de las “polémicas finanzas de Mitt Romney ”.  El diario de PRISA explicaba que el político y empresario estadounidense tiene millones de su fortuna personal en varios fondos de inversión de las Islas Caimán. Por supuesto, se trata de una estrategia financiera absolutamente legal, pero tanto el titular como el enfoque de la noticia de El País parecen invitar al lector a tomar una actitud de rechazo, sospecha y desconfianza ante lo publicado.

Con este tipo de tratamiento informativo, no es de extrañar que el debate sobre esta cuestión esté ampliamente contaminado por la corrección política y el nacionalismo económico.  ¿Consecuencia? Se extiende la convicción de que es “ilegal”, “inmoral” y hasta “antipatriótico” invertir o destinar nuestro dinero a entidades de otros países.

En este clima de populismo tributario, nacionalismo económico y dogmatismo intervencionista, muchos desconocen que incluso el término empleado para describir a estas jurisdicciones es una mala traducción del término original. Así, traducimos “tax haven” como “paraíso fiscal”, cuando en realidad significa “refugio fiscal”. Como el propio término indica, la principal misión de estas demarcaciones es ofrecer una alternativa a contribuyentes que necesitan una alternativa a la fiscalidad confiscatoria.

Ante situaciones así, no es de extrañar que el debate sobre esta cuestión sea casi nulo.Como ha explicado el británico Mark Field , diputado ‘tory’ por el distrito londinense de Westminster, la discusión habitual sobre el tema se caracteriza por una carencia total de pluralismo y una “falta absoluta de entendimiento sobre el rol que juegan los “refugios fiscales” en el mercado financiero global”.

En palabras de Field, estas jurisdicciones “no  solamente atraen a los inversores por su régimen fiscal, sino que también ofrecen una combinación de estabilidad política, seguridad legal, calidad de servicio…”. El politico británico lo tiene claro: “la armonización y la cooperación que pide la UE es simplemente un nuevo lenguaje de Bruselas diseñado para exportar modelos de alta presión tributaria a aquellas jurisdicciones donde los impuestos son más bajos”.

El enfoque planteado por Mark Field evidencia que la defensa de la competencia fiscal internacional es una forma más de promover la separación de poderes, un principio clave del liberalismo político y económico que debemos observar de una forma integral. No cabe limitar la división del poder a la mera separación de responsabilidades, pues dicho enfoque solamente especifica las diferentes atribuciones que tienen Gobierno, Parlamento y Tribunales. Por lo tanto, además del innegable componente horizontal del concepto de la división de poderes, es más importante aún conocer su profundidad vertical, pues este enfoque nos explicará la autoridad que tendrán los tres poderes del Estado sobre los gobernados.

Precisamente en solidaridad con éstos últimos entra en juego la defensa de aquellos individuos que elijan confiar su dinero a entidades financieras situadas en otros países. Mientras exista esta alternativa, la presión fiscal será siempre menor, ya que la posibilidad de protegerse ante esa ofensiva es suficiente para que los gobernantes no se atrevan a subir la presión fiscal por encima de ciertos niveles.

Otro aspecto que también se ignora a menudo es el impacto positivo que tienen los “refugios fiscales” en nuestras economías. Nadie parece tener interés en admitir que gran parte de la inversión que llega a EEUU o Europa se articula a través de entidades localizadas en este tipo de jurisdicciones. De hecho, hasta los datos oficiales del Departamento del Tesoro de EEUU prueban que los “tax havens” de la región Caribe superan ampliamente a cualquier otra región del mundo a la hora de canalizar inversiones de capital hacia el país del Tío Sam.

A la luz de estos datos, es evidente que quienes promueven el fin de la competencia fiscal internacional demuestran una mayúscula miopía política. Eliminando estos flujos de inversión, la economía nacional experimentaría un deterioro tan grave que la recaudación tributaria acabaría derrumbándose, lo que supondría un ataque directo e involuntario contra las intenciones de estos dirigentes, siempre amigos de manejar grandes presupuestos a costa de los sufridos contribuyentes.

II. Dimensión legal, moral y socioeconómica

Centremos ahora nuestra atención en la realidad social de estos países tan denostados por gobernantes y analistas. Daniel J. Mitchell, un destacado economista estadounidense que dedica gran parte de su trabajo a analizar este tema, ha roto muchos tópicos sobre estos lugares que, a menudo, se nos presentan como pequeñas naciones en las que la ilegalidad está a la orden del día. Nada más lejos de la realidad.

Muchos de los “paraísos fiscales” tienen un nivel de vida y un grado de desarrollo humano idéntico o superior al de los países de la OCDE. Hablamos de sociedades desarrolladas y prósperas que nada tienen que envidiar a las grandes potencias de Occidente. Este grado de desarrollo se debe principalmente a una política económica de corte liberal, basada en pilares como el respeto a la propiedad privada, el gobierno reducido, la Justicia eficaz o la facilidad para emprender.

Los escépticos no necesitan irse fuera de Europa para comprobarlo: bastará una escapada a Mónaco, Suiza, Luxemburgo, Andorra o Liechtenstein, países a menudo clasificados como “paraísos fiscales”. Conocer la realidad de estos lugares sobre el terreno debería ser suficiente para dejar atrás estos tópicos y comprobar en primera persona el éxito de estos países, donde los niveles de desarrollo son muy elevados.  Como muestra, un botón: ¿saben cuál es la tasa de paro en Suiza? Menos del 3%.

Esta realidad no se limita a Europa, sino que la podemos apreciar en otras demarcaciones lejanas que también ha sido ampliamente identificadas como “paraísos fiscales”. ¿Adivinan cuál es el territorio con mejor nivel de vida de toda la región Caribe? Las Islas Caimán.

Al margen de todo lo anterior, también es importante defender la competencia fiscal internacional como un mecanismo de escape frente a gobiernos tiránicos. Un buen ejemplo lo tenemos en Latinoamérica, donde Panamá sirve de refugio a contribuyentes venezolanos o ecuatorianos que necesitan protegerse ante los abusos contra la propiedad de los gobiernos del “socialismo del siglo XXI”. Una situación similar ocurre en Uruguay, donde miles de contribuyentes argentinos han depositado sus ahorros como medida defensiva ante los excesos habituales de la casta peronista.

Un argumento habitual contra los “paraísos fiscales” esgrime que se convierten en centros de “lavado de dinero ilegal” que facilitan la “financiación de actividades criminales”. En realidad, como demuestra un estudio de la Universidad de Basilea sobre crimen, terrorismo y lavado de dinero, solamente hay un “paraíso fiscal” (Antigua y Barbuda) entre los 30 territorios investigados por estas cuestiones. Así, regímenes como el iraní o el sirio pueblan este listado en el que también están Pakistán, Kenia, Marruecos, Paraguay, Turquía, Yemen, Ecuador, Indonesia, Bolivia o Tailandia.

En línea con el falaz razonamiento mencionado en el párrafo anterior, también es común asociar el depósito de dinero en “paraísos fiscales” con la “evasión de impuestos”. Estamos acostumbrados a recibir informaciones que confunden la “evasión fiscal” (“tax evasion”) con la “elusión fiscal” (“tax avoidance”). La gran diferencia entre ambos conceptos es que el primero hace referencia a un acto ilegal, mientras que el segundo es perfectamente compatible con las leyes y normas vigentes.

Cuando hablamos de “elusión fiscal” hablamos de aprovechar los recursos legales disponibles para pagar el menor número de impuestos posible. Este tipo de prácticas se articula gracias a “paraísos fiscales” situados en el exterior, pero también se hace a nivel doméstico, bien mediante estrategias legales muy extendidas o bien vía vehículos de actividad económica más complejos y menos accesibles como las SICAV o las Sociedades de Promoción Empresarial.

¿Qué decir, entonces, de quienes no practican la “elusión” sino la “evasión fiscal”? Desde el punto de vista legal, es evidente que esto supone un incumplimiento. Sin embargo, desde una óptica moral, la cosa ya no está tan clara… Al fin y al cabo, no toda ley es “justa” y, por lo tanto, la “resistencia fiscal” no parece ser un comportamiento moralmente incomprensible, sobre todo en aquellos casos en los que el nivel de los impuestos alcanza niveles asfixiantes y confiscatorios.

¿Se extraen los impuestos de forma voluntaria o coactiva? ¿Son legítimas y éticas todas las actividades financiadas por el Estado? ¿Pagan los políticos los mismos impuestos que imponen a los demás? ¿Es necesario un gasto público directo superior al 50% del PIB? Muchas personas responderán negativamente a estas preguntas. Para todas ellas, la “evasión fiscal” resultará, en cierto modo, comprensible.

Por último, quiero hablar sobre el “secreto bancario” que tanto detestan los críticos habituales de los paraísos fiscales. Resulta que, si nos ceñimos a los índices de transparencia, la demarcación que trata los datos financieros de sus inversores con más celo es el pequeño Estado de Delaware, en EEUU. El listado lo completan Londres y Luxemburgo, por lo que parece evidente que el “secreto bancario” es una práctica muy aceptada en diversos países de nuestro entorno.

Vale la pena preguntarse si merece o no la pena proteger el “secreto bancario” aplicado en diversos “paraísos fiscales”. Para hacer esta cuestión más sencilla, pensemos en nuestras visitas al médico: cada vez que acudimos a su consulta tratamos información delicada que, por razones obvias, queremos guardarnos para nosotros mismos. Por esta razón se desarrolló a través de los años la tradición del “secreto médico”, que hoy supone una obligación jurídica y moral a la hora de proteger informaciones privadas sobre los clientes.

En el caso del “secreto bancario”, nos encontramos ante una situación idéntica: cada vez que realizamos una operación financiera confiamos a las entidades involucradas una serie de datos personales que, evidentemente, no queremos que salgan a la luz. Además, el “secreto bancario” ayuda a protegernos de los excesos gubernamentales, ya que su ausencia permite a los políticos tener acceso a información sobre nuestras nóminas, nuestros ahorros y nuestras inversiones.

Es importante tener en cuenta, además, que este debate sobre el “secreto bancario” coloca al individuo a la defensiva frente al Estado. Al fin y al cabo, cabría argumentar que, lejos de ser instituciones transparentes y abiertas, gran parte de los gobiernos se caracterizan por su opacidad, por lo que la legitimidad de estos argumentos es, al menos, cuestionable. De hecho, parece más razonable que la petición de transparencia y rendición de cuentas se aplique al Estado, no al individuo.

Al margen de todo lo anterior, cabe señalar que muchos “paraísos fiscales” han suscrito todo tipo de acuerdos con los gobiernos occidentales para compartir cierta información en casos extremos. Sin embargo, exigir que se suspenda el “secreto bancario” no solamente resulta imperialista y agresivo para países soberanos que han escrito lo contrario, sino que también anula otro mecanismo de limitación del poder, abriendo las puertas a un “Gran Hermano” estatal que controlaría aún más datos de los sufridos contribuyentes.En opinión de Daniel J. Mitchell, hablamos de una política de derechos humanos que “debería ser emulada, no perseguida“. Suscribo sus palabras de principio a fin.

III. Conclusiones

En Parte I y Parte II he intentado explicar los siguientes puntos:

1. UE, EEUU, G-20 y OCDE no quieren competencia tributaria ni “paraísos fiscales”. Da la casualidad de que defienden modelos de gasto público elevado, y no quieren alternativa ni competencia a su paradigma.

2. El clima informativo sobre este asunto está caracterizado por visiones particularmente intervencionistas en lo tocante al poder que debe tener el Estado sobre la economía.

3. La competencia fiscal limita el poder de los gobiernos de todo el mundo, ya que los contribuyentes tienen ciertas alternativas para protegerse de una fiscalidad excesiva.

4. Los “paraísos fiscales” juegan un papel muy importante en la economía mundial. Atacar su modelo es contraproducente, ya que estas demarcaciones canalizan grandes flujos de inversión que repercuten positivamente en los países de fiscalidad alta.

5. Lejos de ser países poco fiables, los “paraísos fiscales” se caracterizan por la riqueza y la prosperidad que garantiza su alto nivel de desarrollo social y económico.

6. Existen decenas de gobiernos tiránicos que persiguen de forma incansable los ahorros de sus contribuyentes. Millones de personas necesitan refugios tributarios para poder evitar las expropiaciones y confiscaciones masivas de sus ahorros.

7. No es lo mismo “evadir” impuestos que “eludir” impuestos. Destinar nuestro dinero a “paraísos fiscales” es totalmente legal.

8. La resistencia fiscal es un principio moralmente legítimo que se puede articular de mejor forma gracias a los “paraísos fiscales”.

9. El “secreto bancario” es fundamental para proteger nuestra información del control excesivo que el Estado tiende a ejercer sobre los gobernados.

10. Los mismos “paraísos fiscales” han firmado centenares de tratados de cooperación con los gobiernos que tanto les persiguen. Por lo tanto, su actitud es razonablemente abierta a pesar de la agresiva estrategia imperialista desplegada por la UE, EEUU y la OCDE contra estos países.

A modo de cierre, quisiera subrayar la importancia que tendrá este tema en los próximos años. Durante décadas, los gobiernos de medio mundo se han acostumbrado a un modelo político-económico basado en una interminable cascada de impuestos y deuda. El paso del tiempo ha demostrado que dicho paradigma no será sostenible a largo plazo, ya que sus efectos sobre el progreso económico son devastadores.

Mientras se produzca el necesario ajuste que simplifique, adelgace y modernice al inviable “Estado del Bienestar”, los “paraísos fiscales” nos aseguran un alto nivel de competencia fiscal que obligará a los gobernantes a caminar en la dirección de más libertad. De no existir esta alternativa, es probable que la respuesta serían más impuestos y más intervencionismo.

Muchos países europeos han entendido esto y han adoptado una fiscalidad baja y atractiva que permite mantener el presupuesto estatal en niveles más razonables al tiempo que anima el crecimiento del sector privado. La revolución de los impuestos de tasa única ha llegado con éxito a numerosos países: en Estonia, la fiscalidad se queda en el 18%; en Georgia se limita al 12%… Decenas de países han seguido este ejemplo para acercarse más al exitoso paradigma de los “paraísos fiscales”.

Defendamos, pues, el éxito de los “paraísos fiscales”, porque la competencia que introducen a nivel internacional nos ayuda a crear mayores fuerzas de resistencia contra las subidas de impuestos.


El artículo original se encuentra aquí.

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