Definiendo la justicia social

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El año pasado fue el centenario del nacimiento de Friederich Hayek, entre cuyas muchas contribuciones al siglo XX estuvo una enérgica y sostenida crítica a la mayoría de los usos del término “justicia social”. Nunca he encontrado un escritor, religioso o filosófico, que respondiera directamente a las críticas de Hayek. Para tratar de comprender la justicia social en nuestro tiempo, no hay mejor lugar para empezar que con el hombre que, en su propia vida intelectual, fue ejemplo de esa virtud cuyo mal uso tanto deploró.

El problema con la “justicia social” empieza con el significado mismo del término. Hayek señala que se han escrito libros y tratados completos sobre la justicia social sin haberla definido nunca. Se permite que el concepto flote en el aire como si todo mundo fuera a reconocerlo cuando aparezca un ejemplo. Esa vaguedad parece indispensable. En el mismo momento en que uno empieza a definir la justicia social, choca con embarazosas dificultades intelectuales. En la mayoría de los casos, se vuelve un término práctico cuyo significado operativo es, “Necesitamos una ley en contra de esto.” En otras palabras, se convierte en un instrumento de intimidación ideológica con el objetivo de conseguir el poder de la coerción legal.

Hayek señala otro defecto de las teorías de la justicia social del siglo XX. La mayoría de los autores afirman que lo utilizan para designar una virtud (una virtud moral, según ellos). Pero la mayoría de las definiciones que le adjudican pertenecen a un estado de cosas impersonal – “alto desempleo” “desigualdad de ingresos” o “carencia de un salario decente” se citan como ejemplos de “injusticia social”. Hayek va derecho al centro del problema: la justicia social es o una virtud o no lo es. Si lo es, sólo puede adscribirse a los actos deliberados de personas individuales. La mayoría de los que usan el término, sin embargo, no lo adscriben a individuos sino a sistemas sociales. Utilizan “justicia social” para designar un principio regulador de orden. No están centrados en la virtud sino en el poder.

El término “justicia social” fue utilizado por primera vez en 1840 por el cura siciliano Luigi Taparelli d’Azeglio, y recibió prominencia en La Constitutione Civile Secondo la Giustizia Sociale, un folleto de Antonio Rosmini-Serbati publicado en 1848. 13 años después, John Stuart Mill en su famoso libro Utilitarismo le brindó un prestigio casi canónico para los pensadores modernos:

“La sociedad debería de tratar igualmente bien a los que se lo merecen, es decir, a los que se merecen absolutamente ser tratados igualmente. Este es el más elevado estándar abstracto de justicia social y distributiva; hacia el que todas las instituciones, y los esfuerzos de todos los ciudadanos virtuosos, deberían ser llevadas a convergir en el mayor grado posible”.

Mill imagina que las sociedades pueden ser virtuosas de la misma forma en que pueden serlo los individuos. Quizás en las sociedades altamente personalizadas de tipo antiguo, semejante uso pudiera tener sentido – bajo reyes, tiranos o jefes tribales, por ejemplo, cuando una persona toma todas las decisiones sociales cruciales. Curiosamente, sin embargo, la demanda por el término de “justicia social” no surgió hasta los tiempos modernos, en que sociedad más complejas están regidas por leyes impersonales aplicadas con la misma fuerza a todos por igual gracias “al imperio de la ley”.

El nacimiento del concepto de justicia social coincidió con otros desplazamientos en la consciencia humana: la “muerte de Dios” y el ascenso de la idea de la economía dirigida. Cuando Dios “murió”, la gente comenzó a confiar en la arrogancia de la razón y en su inflada ambición de hacer lo que el mismo Dios no había hecho: construir un orden social justo. La divinización de la razón encontró su extensión en la economía dirigida; la razón (es decir, la ciencia) dirigiría y la humanidad seguiría colectivamente. La muerte de Dios, el ascenso de la ciencia y de la economía dirigida nos trajeron ” el socialismo científico”. Donde la razón fuera a dirigir, dirigirían los intelectuales. (O eso pensaron algunos. En realidad, dirigirían los obsesos por el poder.)

De este tipo de razonamiento se desprende que la “justicia social” tendría su fin natural en una economía dirigida. En efecto, es ésta se le dice a los individuos qué hacer. La “justicia social” presupone: (1) que la gente está guiada por directivas externas específicas en vez de por reglas de conducta interiorizadas sobre lo que es justo. Y (2), que ningún individuo debe ser considerado responsable por su posición en la sociedad. Afirmar que es responsable sería “echarle la culpa a la víctima”. En realidad, la función del concepto de justicia social es echarle la culpa a otro, echarle la culpa “al sistema”, echarle la culpa a los que (míticamente)a “lo controlan”. Como ha escrito Leskek Kolakowski en su magistral historia del comunismo, el paradigma fundamental de la ideología comunista: usted sufre, su sufrimiento es causado por personas poderosas; hay que destruir a esos opresores tiene garantizado un inmenso atractivo.

Es cierto, acepta Hayek, que los efectos de las opciones individuales y los procesos abiertos de una sociedad libre no están distribuidos según un reconocible principio de justicia. Algunas veces, los que tienen mérito son trágicamente infortunados; la maldad prospera, las buenas ideas languidecen y, en ocasiones, los que las respaldan, lo pierden todo. Pero un sistema que valora tanto el ensayo y el error como la libertad de elegir no está en posición de garantizar resultados. Por otra parte, ningún individuo (y ciertamente ningún Buró Político ni comité ni partido) puede designar reglas que tratarían a cada persona de acuerdo con sus méritos e, inclusive, de sus necesidades. Nadie tiene suficiente conocimiento de todos los detalles relevantes, y como ha señalado Kant, ninguna regla general puede ser lo suficientemente fina como para captarlos.

Hayek hizo una tajante distinción, sin embargo, ente los fallos de la justicia que implican la ruptura de normas generalmente acordadas de equidad y las que consisten en resultados que nadie ha designado, previsto ni ordenado. El primer tipo de fallo merece su severa condena moral. Nadie debe de romper las reglas establecidas; la libertad impone graves responsabilidades morales.

El segundo tipo de fallo, sin embargo, puesto que no se deriva de ningún acto voluntario ni deliberado de nadie, no le parecía un problema moral sino una característica inevitable de todas las sociedades y, en realidad, de la naturaleza misma. Calificar resultados infortunados de “injusticias sociales” conduce a un ataque a la sociedad libre con el objetivo de moverla hacia una sociedad dirigida. Es por eso que Hayek se opone enérgicamente al uso de ese término. El expediente histórico de economías dirigidas como el nazismo y el comunismo justifican su profunda repugnancia ante ese modo de pensar.

Hayek reconoció que a fines del siglo XIX, cuando el término “justicia social” ganó prominencia, se usó al principio como un llamamiento a las clases dirigentes para que atendieran las necesidades de las nuevas masas de desarraigados campesinos que se habían convertido en obreros urbanos. A eso, él no tenía objeción. Lo que sí objetaba era al pensamiento chapucero. Los pensadores descuidados olvidan que la justicia, por definición, es social. Semejante descuido se vuelve positivamente destructivo cuando el término de “social” ya no describe el producto de las virtuosas acciones de muchos individuos sino más bien el objetivo utópico hacia el que todas las instituciones y todos los individuos “deberían ser llevadas a convergir en el mayor grado posible” mediante la coerción. En ese caso, el “social” de la “justicia social” se refiere a algo que no emerge orgánica y espontáneamente del comportamiento respetuoso de la ley de individuos libres sino más bien de un ideal abstracto impuesto desde arriba. Y es bueno subrayar que el mismo Hayek vio su vocación como pensador en una vida de servicio al prójimo.