La propiedad intelectual como nuevo sistema de gremios

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La justificación estándar para la propiedad intelectual —es decir, patentes y derechos de autor y marcas registradas— es que el proceso creativo se reduciría significativamente si no existiera tal protección. El supuesto subyacente es que la recompensa financiera debe aumentarse con una concesión de exclusividad impuesta por el poder coercitivo del Estado. Dado que podemos copiar libremente una invención, una innovación u otras ideas creativas, se considera necesaria una recompensa económica para estas ideas intangibles, a diferencia de un objeto tangible vendido en el mercado.

Pero, ¿se morían de hambre los inventores o los artistas antes que las leyes de propiedad intelectual? La respuesta es no porque se beneficiaron de la ventaja de ser los primeros en el mercado. Boldrin y Levine explican cómo, durante el siglo XIX, los autores británicos con protección de la propiedad intelectual en el Reino Unido a veces ganaban más dinero con sus ventas estadounidenses no protegidas por la propiedad intelectual al llegar a un acuerdo (un contrato) con una editorial estadounidense y luego inundar el mercado estadounidense con copias originales baratas.1 Dado que cualquier imitador potencial esperará a ver si una idea tiene éxito, las ganancias de ser el primero en salir al mercado podrían ser sustanciales. Muchos fabricantes de medicamentos conservan una importante cuota de mercado en un medicamento a pesar de que su protección de patente ha expirado y el mercado está inundado de alternativas genéricas más baratas. También hay muchas otras formas indirectas de sacar provecho de las ideas creativas. Muchos artistas ganan más dinero con conciertos y otras apariciones que con las ventas digitales originales de su canción.

Además, muchos otros factores, además del dinero, entran en el proceso creativo, como la libertad de expresión, el disfrute, la reputación y la autonomía. Vincent Van Gogh creó más de 900 pinturas pero sólo vendió una. Al examinar la música clásica de los siglos XVIII y XIX, F. M. Scherer descubrió que la imposición de la protección de la propiedad intelectual tenía un impacto indeterminado en la creatividad. Aunque Bitcoin existe desde hace más de diez años, su creador anónimo aún no ha vendido ni un solo bitcoin ni se ha beneficiado de su invento.2

Podríamos proporcionar una larga lista de ejemplos históricos,3 pero no aportarían mucho a nuestro debate. Puesto que no podemos realizar un experimento científico para un fenómeno complejo como las invenciones y las innovaciones, es imposible distinguir entre causalidad y asociación.4 En un estudio reciente de 7198 eventos científicos importantes (innovaciones), Jonathan Huebner encontró que alcanzaron su punto máximo en el siglo XIX y luego disminuyeron rápidamente.5 Este descenso podría deberse a las leyes de propiedad intelectual o a una multitud de otros factores que afectan a las innovaciones. Incluso es posible que sin las leyes de propiedad intelectual, la caída hubiera sido aún más severa. Sin la capacidad de realizar un experimento científico sobre fenómenos complejos, no podemos determinar los vínculos causales a partir de pruebas históricas o empíricas.

Sin embargo, hay una razón por la que muchos inventos pasados como el motor eléctrico, la máquina de coser, la fotografía, la bombilla, el teléfono o el avión (máquina voladora) fueron descubiertos simultáneamente por diferentes personas,6 a menudo en diferentes países. La base de cualquier gran idea se construye sobre una acumulación de ideas de otros tiempos y lugares. El avión no habría sido posible sin el motor o la hélice. Leonardo Da Vinci ya había dibujado un prototipo del avión común en el siglo XV utilizando una simple observación de la aerodinámica de las aves en vuelo. Si hubiera tenido a su disposición motores y hélices más ligeros, probablemente habría creado el primer avión funcional. Los hermanos Wright estaban en el lugar correcto en el momento adecuado. Su patente de 1906 fue para una «máquina voladora» y la consiguiente guerra de patentes retrasó enormemente la aviación en los Estados Unidos. Entonces, ¿estaba justificado concederles el monopolio de todas las máquinas voladoras? ¿Y si otras máquinas voladoras como los helicópteros y los aviones teledirigidos se hubieran creado más o menos al mismo tiempo? La Primera Guerra Mundial podría haberse perdido si Alemania hubiera perfeccionado estas máquinas voladoras mientras los abogados estadounidenses luchaban por los derechos de propiedad. El problema es que muchas veces las leyes de propiedad intelectual recompensan toda la idea y no sólo el valor añadido de un inventor, autor o compositor.

Si reflexionamos un momento, la lógica intuitiva detrás de las leyes de PI es ingenua. El propósito es frenar la difusión de nuevas ideas con la esperanza de que haya más ideas nuevas para difundir más tarde. Se trata de crear un monopolio, con la esperanza de que finalmente se desvanezca suavemente en la carpintería competitiva. Como era de esperar, las industrias protegidas por las leyes de propiedad intelectual se han concentrado cada vez más, lo que hace prácticamente imposible que los particulares o las pequeñas empresas incurran en los costos de adquirir y defender una patente. En lugar de ser creativas, estas grandes empresas oligopolísticas han estado utilizando las leyes de propiedad intelectual para limitar la competencia que pueda surgir de cualquier idea tangencial que sea un poco más barata o de mejor calidad, o para defender el statu quo y no poner en peligro las regalías de las patentes o los derechos de autor existentes.

Creación de monopolios

Cuanto más cambian las cosas, más siguen siendo las mismas. El sistema de gremios europeos fue creado para asegurar el statu quo. El acceso a la profesión está estrictamente limitado y se conceden privilegios de monopolio a una pequeña minoría que vive en condiciones de lujo, mientras que la mayor parte de la población vive en la más absoluta pobreza. El objetivo era limitar estrictamente la competencia utilizando el poder coercitivo del rey o del Estado. ¿En qué se diferencia nuestro sistema económico actual? Nuestros niveles de vida son más altos, pero las leyes de propiedad intelectual han creado privilegios de monopolio para una minoría diferente en prácticamente todas las áreas de negocio. Esta pérdida de competitividad general es el resultado directo de la tendencia actual a proteger todas y cada una de las ideas.

La mejor prueba de que las leyes de propiedad intelectual son contraproducentes es el fenomenal crecimiento del software de código abierto, que puede examinarse, modificarse y mejorarse libremente. Aquí los programadores renuncian voluntariamente a los derechos de monopolio intelectual para operar en condiciones de libre competencia. Los beneficios de ser el primero en llegar al mercado son suficientes para inducir a los programadores a renunciar voluntariamente a los futuros beneficios del monopolio. Una gran parte de los sitios web o datos que se encuentran en Internet fueron creados o construidos utilizando software de código abierto. Otro ejemplo es la existencia generalizada de consorcios de patentes, en los que las empresas privadas, generalmente dentro de la misma industria, comparten patentes sin costo alguno. Un consorcio de patentes de todas las empresas existentes sería un mundo sin protección de patentes. Los consorcios de patentes reflejan una respuesta del mercado a las limitaciones que las leyes de propiedad intelectual imponen a la síntesis de ideas.7

Ampliación de las protecciones de propiedad intelectual a horizontes temporales aún mayores

Incluso si se cree firmemente que las leyes de propiedad intelectual son esenciales para la creatividad, es difícil justificar la expansión de la protección de la propiedad intelectual que ha tenido lugar en las últimas décadas. De hecho, el tiempo de protección debería haberse reducido significativamente a medida que los mercados se expandían, aumentando la rentabilidad de los primeros en salir al mercado. La primera ley de propiedad intelectual de los Estados Unidos fue la Ley de Patentes de 1790 y se limitó a los trabajadores o artesanos y duró 14 años. Esto se acerca más a lo que se pretendía en el Artículo I, Sección 8 de la Constitución, que dispone, entre otras cosas, «Promover el progreso de la ciencia y de las artes útiles, asegurando a los autores y a los inventores, por un tiempo limitado, el derecho exclusivo a sus respectivos escritos y descubrimientos».

La población mundial en 1790 era inferior a mil millones de personas. El mercado potencial para la aplicación o expresión de una idea se limitaba a una pequeña fracción de esta población debido a las tasas de analfabetismo, el bajo nivel de vida, las barreras lingüísticas y una serie de otros factores. Hoy en día, la población es de más de 7.700 millones de personas. Los avances en las telecomunicaciones, la educación, el nivel de vida y el coste del transporte han hecho que el mercado potencial de las ideas de IP sea un porcentaje mucho mayor de la población; posiblemente mil veces mayor que en 1790. Por supuesto, por otro lado, también hemos visto mejoras en las tecnologías de reingeniería y copiado. El crecimiento del tamaño del mercado de los productos de propiedad intelectual debería haber conducido a una reducción significativa en este período inicial de protección de 14 años. Pero hoy en día, la protección de las patentes dura 20 años.

La protección de los derechos de autor dura mucho más tiempo. La ley de extensión del plazo de derechos de autor de Sonny Bono de 1998 empujó la protección de los derechos de autor a la vida del autor más 70 años, o 95 años en el caso de obras producidas por un «autor» corporativo, lo que supone un aumento de 50 años en el caso de los autores o 75 años en el caso de las obras de autoría corporativa. El proyecto de ley también permitió que la protección de los derechos de autor se impusiera retroactivamente, cubriendo muchos de los personajes y películas clásicos de Disney que fueron tomados inicialmente de la piscina pública: esto es todo lo que se necesita para desvanecerse silenciosamente en la carpintería de la competencia.

¿Cuáles son las posibles soluciones? Una opción es que la propiedad intelectual, como algunas de las primeras leyes comunes sobre derechos de autor, se pierda una vez que se divulgue al público. Otro es el mayor uso del derecho contractual para sustituir al derecho de propiedad intelectual. Esta es la solución de mercado más libre, ya que ambas partes del contrato están tomando decisiones voluntarias. Como mínimo, el tiempo de protección debería reducirse significativamente sin posibilidad de prórrogas. Deje que el mercado encuentre una solución para los medicamentos que requieren grandes inversiones iniciales en tiempo y dinero. El hecho de que sea difícil imaginar una solución de mercado no significa que no exista.


Fuente.

1.Boldrin y Levine (2008), Against Intellectual Monopoly, Cambridge University Press.

2.F. M. Scherer, (2004) Quarter Notes y Bank Notes: The Economics of Music Composition in the Eighteenth and Nineteenth Centuries, Princeton University Press.

3.Hay libros y artículos, entre ellos Boldrin y Levine (2008), que citan pruebas históricas a favor o en contra de la protección de la propiedad intelectual. En general, los resultados empíricos son contradictorios en cuanto al impacto de las leyes de propiedad intelectual en la creatividad.

4.Una buena discusión de las limitaciones de los fenómenos complejos es la conferencia Nobel de Hayek, «The Pretense of Knowledge».

5.Jonathan Huebner (2005), «A possible declining trend in worldwide innovation»Technological Forecasting and Social Change, vol.72.

6.William F. Ogburn, Dorothy Thomas, «Are Inventions Inevitable? A Note on Social Evolution», Political Science Quarterly. Vol. 37, No. 1 (Mar., 1922), Ogburn y Thomas identificaron 148 invenciones y descubrimientos importantes que fueron descubiertos simultáneamente por dos o más inventores.

7.La información en este párrafo es de Boldrin y Levine (2008). Señalan que los consorcios de patentes también reducen la competencia, ya que se trata esencialmente de clubes con una afiliación restringida.

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