Otro derecho abolido por el confinamiento por el COVID del gobierno: el derecho a un juicio rápido

0

La Sexta Enmienda de la Constitución de los EEUU dice que todos los acusados criminales «disfrutarán del derecho a un juicio rápido y público». Muchas constituciones estatales también garantizan juicios rápidos, al igual que muchos estatutos estatales.

Específicamente, la Sexta Enmienda establece:

En todos los procesos penales, el acusado tendrá derecho a un juicio rápido y público, por un jurado imparcial… y a ser informado de la naturaleza y causa de la acusación; a ser confrontado con los testigos en su contra; a que se le obligue a obtener testigos a su favor, y a contar con la asistencia de un abogado para su defensa.

En los últimos decenios, este derecho se ha ido debilitando poco a poco a medida que el sistema judicial se ha ido sobrecargando cada vez más en muchas zonas debido a una carga cada vez mayor de leyes estatales y federales que imponen graves penas a los condenados. Los acusados deben esperar largos períodos en algunos casos para obtener una fecha de juicio.

Como suele ocurrir con los mandatos gubernamentales de permisos, autorizaciones y audiencias, los requisitos de los tribunales para que los acusados sean juzgados no son cumplidos por el gobierno con la voluntad de proporcionar realmente los servicios necesarios para permitir el cumplimiento. Es decir, los gobiernos nos obligan a someternos a ciertos procedimientos gubernamentales. Pero el gobierno no está dispuesto a proporcionar esos procedimientos de una manera que sea oportuna o accesible.

Pero ahora que las ruedas de la «justicia» se están parando por completo gracias a las paralizaciones relacionados con COVID-19, los acusados pueden estar esperando el juicio indefinidamente. Algunos tribunales de inmigración de EEUU, por ejemplo, han declarado que no harán nada durante un año:

El 9º Circuito de la Corte de Apelaciones de San Francisco extendió una declaración de emergencia de un mes para las cortes federales de los condados de San Diego e Imperial por un año hasta el 17 de abril de 2021, según una orden publicada en el sitio web del circuito el viernes. El consejo judicial de la corte citó preocupaciones de salud pública y gobiernos declarando estados de emergencia.

La orden suspende la Ley Federal de Juicio Rápido, lo que significa que cualquiera que se enfrente a cargos criminales tendrá que esperar más tiempo para ejercer su derecho constitucional a un juicio con jurado, incluyendo a los acusados que ya están bajo custodia. En los condados de San Diego e Imperial, una parte significativa de esos casos federales involucran delitos de inmigración, drogas y de la Aduana de los Estados Unidos, dijo el consejo.

El Estado de Kansas está negando el derecho a un juicio rápido por capricho de un solo juez:

Hace menos de dos semanas, los casos en el Tribunal de Distrito del Condado de Douglas se estaban preparando para los juicios, y otras audiencias se retrasaron porque algunos juicios ya estaban programados. Pero como los funcionarios estatales y locales han restringido gradualmente más el número de personas que pueden estar en un lugar a la vez en los esfuerzos por frenar la propagación de COVID-19, los tribunales no pueden funcionar con normalidad.

La gobernadora Laura Kelly firmó el jueves un proyecto de ley que amplía la autoridad del presidente de la Corte Suprema del estado para emitir órdenes «para extender o suspender cualquier plazo o limitación de tiempo establecido por la ley cuando el presidente de la Corte Suprema determine que dicha acción es necesaria para asegurar la salud y la seguridad de los usuarios de la corte, el personal y los funcionarios judiciales».

Los tribunales de Carolina del Norte están cerrados.

En Colorado, un legislador exige a la legislatura que cierre la «laguna jurídica» del juicio rápido. Por «laguna jurídica» se entiende la ley que insiste en que el gobierno respete los derechos del acusado o lo libere.

Pero, como en el caso de los derechos naturales protegidos por otros artículos de la Ley de Derechos — y textos similares que se encuentran en las constituciones de los estados — no hay ninguna cláusula al final que diga «nulo en caso de virus».

Naturalmente, para los acusados que están en la cárcel esperando el juicio — gente que aún se presume inocente, claro está — los largos retrasos pueden destruirlos tanto personal como financieramente. Los retrasos pueden arruinar carreras y arruinar matrimonios. Alejan a los niños de sus padres. Tienen un impacto en la salud del acusado.

Hay una razón, por supuesto, para que exista el derecho a un juicio rápido, que se remonta a las cláusulas 39 y 40 de la Carta Magna. Retrasar la justicia es una táctica común de los gobiernos que no se molestan en respetar los derechos de los acusados. Pero como ocurre con tantas libertades, ésta es aparentemente ignorada cuando algunos gobernantes deciden que así sea.


Fuente.

Print Friendly, PDF & Email